ANTIMAPY OPERATION

Nápoles, incautó activos por 10 millones a un empresario vinculado al clan Contini

Los sellos de cuatro propiedades, cinco empresas y 28 informes financieros. La medida fue colocada por el Tribunal de Nápoles bajo petición conjunta de Procura y Dirección de Investigación Antimafia.
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Esta mañana en Nápoles el Centro Operativo de la Dirección de Investigación Antimafia ejecutó una medida de aproximadamente 10 millones de euros. La incautación preventiva de mercancías, establecida por el Tribunal de Nápoles – Sección de medidas preventivas – a propuesta conjunta del fiscal de la República y el director de la DIA, golpeó a un empresario considerado cercano al clan Contini.

Los sellos han sido afianzados a cuatro unidades inmobiliarias, incluyendo edificios de valor y de valor comercial significativo, en cinco empresas y en 28 relaciones financieras, por un valor total de aproximadamente 10 millones de euros.

El perfil del empresario

Según los investigadores, el hombre ya había sido condenado por asociación de la mafia en el resultado de investigaciones que habían documentado sus relaciones con las organizaciones criminales judías, con el tiempo, en la zona de Piazza Mercato.

After a period of detention and subsequent dismissal, the proposal would come into contact with top members of the Contini clan. Las investigaciones de la DIA también destacaron su papel como gerente de una sala de recreación conocida en la zona de Coroglio, uno de los puntos de referencia de la movida napolitana.

Desproporción de activos

Sobre la base de la medida se detectaría la considerable desproporción entre la capacidad de redacción del empresario y los activos disponibles y los recursos financieros para él. Es este desequilibrio, según la Sección de medidas preventivas, justificar la aplicación de la medida preventiva prevista en el Código Anti-Mafia.
Por consiguiente, la investigación de capital del Centro Operacional de la DIA ha permitido reconstruir un activo económico que, según los investigadores, no encontraría pruebas en los ingresos declarados o verificables. Desde aquí la confiscación de bienes, acciones de la empresa y disponibilidad financiera.

La medida se incluye en el marco de las medidas de prevención del capital y no constituye una condena penal. El receptor de la incautación sigue siendo una persona sujeta a medidas preventivas y puede recurrir a los recursos previstos por la orden, de conformidad con el principio de presunción de inocencia.

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