Por la mañana los Carabinieri del Comando del Grupo para la Protección Ambiental y la Seguridad Energética de Nápoles y del Grupo de Torre Annunziata, en ejecución de un decreto de incautación preventiva, emitido por el juez para las investigaciones preliminares del Tribunal de Torre Annunziata, a petición de la Procura della Repubblica dirigida por Nunzio Fragliasso, han procedido a la incautación de una industria dulce.
Es el spa Idav de Striano, para la contaminación ambiental, impedimento para el control, así como descarga no autorizada de desechos industriales, gestión ilícita de desechos, emisiones no autorizadas y crímenes de construcción y paisaje.
Las investigaciones, realizadas por los Carabinieri de Noe di Napoli con la ayuda del personal técnico de Arpa Campania, y coordinadas por la Procura oplontina, han permitido determinar que la actividad de producción, embalaje y venta de frutas, mermeladas y confeti con la marca “bio” del Idav de Napoli Striano, situado en un área de aproximadamente 81 mil metros cuadrados.
Se ejerció en violación de la legislación ambiental, con referencia a la descarga de desechos en los cursos de agua, la gestión de desechos y emisiones en la atmósfera, sobre la base de una autorización ambiental única (Aua), inválida e ineficaz para la no conformidad del estado de los lugares, por la presencia de numerosas diferencias de construcción, así como la indignación, siendo el ejercicio de la actividad sometida a la liberación del autor.
En particular, los residuos industriales, consistentes en el agua del proceso de procesamiento y el agua de lavado de las plazas de planta, portadores de contaminantes como aceites, grasas, hidrocarburos y polvos, fueron desviados, a través del uso apropiado por – pases obtenidos bajo el pavimento de las plazas externas de la empresa, en parte en el canal adyacente Río Foce, triluente del río Sarno, y en parte sobre el terreno.
La conducta ilícita, repetida a lo largo del tiempo, ha causado una grave contaminación ambiental para el “Estado de contaminación oleada para el suelo, aguas superficiales y aguas subterráneas” presente en la planta de la empresa, debido a la ingesta, en las aguas de descarga de sólidos suspendidos, sólidos disueltos, hidrocarburos, aluminio, sulfuros, cloruros, manganeso, nitrógeno.
Además, la presencia de metales pesados como cobre, zinc y plomo se ha encontrado en las diversas muestras del agua residual de la empresa (incluidos los metales enumerados en el Cuadro 5 del Anexo 5 de la Parte III del Decreto Legislativo No. n. 152/2006 como “sustancias para las que no se pueden adoptar límites menos restrictivos de las indicadas en el cuadro 3, para la descarga en aguas superficiales y para la descarga en red de alcantarillado, o en el cuadro 4 para la descarga sobre el terreno”, por su toxicidad, persistencia y características de bioacumulación.
En el curso de las comprobaciones realizadas el pasado mes de septiembre también se dio cuenta de que los desechos resultantes del lavado de materiales y productos, el objeto de un incendio que había afectado a una parte de la planta industrial, que se produjo en julio de este año, fueron transportados, sin ninguna purificación, en las descargas abusivas.
Además, se estableció que la empresa abandonó y todavía depositó de forma incontrolada desechos especiales no peligrosos, incluido el procesamiento de desechos, y se deshizo ilegalmente de desechos especiales consistentes en lodos de la planta de purificación. El representante legal de la empresa también responde al delito de control, con el fin de haber obstaculizado y abusado la actividad de control ambiental "por la predisposición de obstáculos y - leído en la nota de la Procura - el cambio artificial del estado de los lugares".
Por último, se ha comprobado la construcción, dentro de la planta de la empresa, de una estructura hecha de tompagnata de acero con paneles aislados, en la zona sujeta a limitaciones paisajísticas y ambientales, en ausencia de permiso para construir y de autorización paisajística.
En la aplicación de la precaución real, se cerró la planta industrial y se detuvo total de las plantas y los procesos de producción, que eran necesarios para poner fin a la conducta ilícita de la contaminación y para impedir el agravamiento de las consecuencias de los delitos por los que procede, incluso en vista del hecho de que la propia empresa, anteriormente, ya había sido objeto de medidas similares de incautación por la violación de la legislación de protección ambiental.
La medida cautelar de hoy, necesaria para evitar más compromiso del entorno circundante y del río Sarno, se inserta en una actividad de investigación más amplia y articulada realizada de manera capilar por los carabinieri del Grupo de Nápoles del Mando Protección Ambiental y seguridad energética, aprovechando la preciosa colaboración técnica del Arpac, y aún en curso, bajo la coordinación de la Procura di Torre Annunziata, para determinar y para.
Esta investigación ha llevado a 317 comprobaciones, por la única Procura di Torre Annunziata (de las cuales 176 son consecuencia del incumplimiento), la adopción de 57 medidas de incautación, total o parcial, de tantas empresas o plantas de producción, la derogación de 29 sanciones administrativas, la denuncia en estado de libertad de 191 personas y la detención de 2 personas por pluralidad de delitos.




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