Dl Aid, modelos en línea para entrega simplificada hasta 120 mil euros

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Dl Aid, en línea los modelos de cuota simplificada hasta 120 mil euros. La medida introduce una serie de cambios estructurales.

La nueva colección introducida por la ley de conversión del Decreto Ayuda (DL 50/2022 convertido en Ley 91/2022). En el sitio web de Agenzia delle Entra-Riscossione www. agenciaentrateriscossione.gov.it los nuevos modelos han sido publicados para presentar aplicación simplificada de la instalación hasta 120mil euros, sin necesidad de documentación adicional.

La medida, de hecho, introduce una serie de cambios estructurales en la disciplina de las cuotas de las carpetas y avisos relativos, además del umbral más alto de la deuda para las solicitudes simplificadas, márgenes aún más amplios para evitar la desintegración. El decreto también ha hecho definitiva la posibilidad de indemnizar los créditos presupuestados contra la Administración Pública con deudas registradas al papel. Veamos en detalle las principales novedades.

SOGLIA MORE ALTA FOR SEMPLIFICATES

El Decreto Ayuda, que modifica la norma de referencia que rige la institución de la carpeta de pago, ha dispuesto que, a partir de las solicitudes de dilatación presentadas a partir del 16 de julio de 2022, el umbral de la deuda para el que es posible obtener, de forma automática y sencilla, una tasa ordinaria de hasta 72 cuotas (6 años), sin necesidad de documentar la situación temporal de dificultad objetiva. La medida también preveía que el nuevo umbral de la deuda (120 mil euros) para poder solicitar la dilatación de hasta 72 cuotas sin adjuntar ninguna documentación, se remitiera a cada serie individual.

En el sitio web www. agenciaentrateriscossione.gov.it los modelos han sido publicados para hacer solicitud de instalación y en los próximos días también estará disponible la adaptación del servicio para solicitar la dilatación simplificada hasta 120mil euros directamente en línea, encendiendo con las credenciales Spid, Cie y Cns al servicio "Rateizza now", disponible en la zona reservada del portal Agenzia delle Entraecoss. El servicio le permite presentar, en total autonomía, la solicitud de dilatación recibiendo automáticamente un plan de pago de hasta 72 cuotas, sin necesidad de adjuntar documentación adicional.

PER LE NUOVE RICHIESTE DECADENZA DOPO 8 RATE NON PAGATE

Nuevo para los términos de decadencia. La Ley No 91/2022 estipula que, para las solicitudes de pago presentadas desde el 16 de julio de 2022, la disminución de los planes de instalación concedidos se determina después de que no se paguen 8 cuotas, incluso no continuas, en lugar de las 5 previamente proporcionadas. En caso de decadencia, la deuda no puede dilatarse de nuevo. La disminución de la tasa de una o más cargas no excluye, sin embargo, la posibilidad de solicitar la dilatación del pago para otras carpetas/consultas distintas de aquellas para las cuales se produjo el declive.

Cabe recordar que, debido a los efectos de las diversas disposiciones reglamentarias durante el período de suspensión de la actividad de recuperación debido a la emergencia sanitaria, siguen vigentes distintos plazos en la fecha en que se presentó la solicitud de cuota. En detalle, para los planes de dilatación en marcha el 8 de marzo de 2020 (el comienzo del período de suspensión de las actividades de recogida resultantes de la emergencia Covid-19), se prorrogó a 18 el número de cuotas que, en caso de incumplimiento, determinan la decadencia de la prestación (para las personas con residencia, oficina registrada o sede operacional en los municipios de la c.d. “zona roja” la suspensión decora a partir del 21 de febrero de 2020). Para las cuotas concedidas después del 8 de marzo de 2020 y en relación con las solicitudes presentadas hasta el 31 de diciembre de 2021, la disminución se determina en el caso de no pago de 10 cuotas, mientras que para las cuotas solicitadas entre el 1 de enero de 2022 y el 15 de julio de 2022 la disminución se produce después de la falta de pago de 5 cuotas.

LA COMPENSACIÓN

La Ley No 91/2022 establece definitivamente la posibilidad de indemnizar créditos no correspondidos, determinados, líquidos y exigibles a las administraciones públicas, con las sumas debidas como resultado de la inscripción en un papel, ya no es necesario renovar la medida anualmente. Además, la medida amplía la posibilidad de indemnización también a las reclamaciones derivadas de beneficios profesionales. Estas disposiciones se aplican a las cargas confiadas al agente de recuperación después del 30 de septiembre de 2013 y en el segundo año antes de que se requiera la indemnización.

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