Los concejales municipales Michele Russo, Michelangelo Ambrunzo, Alfonso Caroallo y Michele Grimaldi - con la nota mencionada en las fotos- denunciaron al Prefecto, la falta de respeto por las normas reglamentarias y reglamentarias.
PROGRAMME LINES APPROVATION
Para la primera reunión del consejo municipal de 8 de julio de 2019, no se puso a disposición de los concejales municipales ningún documento relativo a las líneas programáticas antes de la sesión fija y no se procedió a votación sobre las mismas líneas programáticas, en violación del artículo 40 del Estatuto que impuso su aprobación.
Esta circunstancia no es sólo una violación formal de los requisitos legales, sino que, en el nivel sustancial, es sintomático de un enfoque superficial de las responsabilidades gubernamentales y una actitud sin respeto de los poderes del Consejo.
VIOLATION OF LAWS, STATUS AND REGULATIONS IN THE TRAINING OF CONSILIARIATIONS
El nombramiento de los miembros de las Juntas de Directores no se llevó a cabo de conformidad con el Estatuto y el Reglamento pertinente.
El estatuto municipal para proteger la proporcionalidad absoluta de la representación, por mayoría y oposición, proporciona, indefinidamente, el mecanismo del voto multianual.
La regulación de la capacitación de la Comisión, entonces, establece que la votación es posible no sólo en caso de acuerdo dentro de la mayoría y dentro de la minoría. En caso contrario, es necesario proceder con los votos de los miembros con votaciones secretas y con el mecanismo del voto multianual, como se indica en el Estatuto.
La votación tuvo lugar a mano con un voto claro, en violación del reglamento.
La formación de comisiones, además, no respeta el criterio de #proporcionalidad entre los grupos, ya que todos los concejales municipales están presentes en 3 comisiones, excepto el concejal del movimiento de 5 estrellas que está presente en 4 comisiones y el concejal Michele Russo, nombrado sólo en 2, y por lo tanto inequívocamente penalizado con respecto a los otros grupos presentes en el Consejo.
ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE GARANTEE. ELUSIÓN DE LA EDUCACIÓN A LA OPPOSICIÓN.
La presidencia de la Comisión de Garantías “fue atribuida a las oposicións” declara el estatuto, que por lo tanto no simplemente dice que dicha Presidencia debe ser sostenida por un concejal municipal no elegido en la Lista de Mayores, sino que especifica que dicha Presidencia está “atribuida”, es decir, asignada a la competencia, de la Oposición.
El resultado es una violación grave del Estado en que la mayoría del Consejo, alegando influir en el voto y de hecho restar a dicha Presidencia de ser “atribuida a la oposición”, determina la Presidencia según sus propias opciones y conveniencias. Dado que no hay acuerdo, es necesario proceder, así como para los miembros de la Comisión, a votar en una votación secreta con un voto multianual o limitado únicamente a los miembros de la oposición.
La Presidencia del Consejo, por otra parte, consideró someter a votación la elección del Presidente de la Comisión de Garantía a votación secreta entre todos los concejales municipales, incluidos los de la mayoría, que era obviamente decisiva en la elección.
De hecho, el Presidente de la Comisión de Garantía, atribuido a la oposición por el Estatuto, fue elegido por la mayoría.
Para todo lo anterior, se ha pedido que se adopten, con pronta preocupación, todas las medidas útiles y necesarias para remediar las graves violaciones del Estatuto y los Estatutos establecidos.
“Mancato cumplimiento de las reglas y regulaciones”, Junto para Scafati escribe al Prefecto
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